Artículo Disposición final segundaDisposición final segunda
Disposición final segunda. Actualización de importes.
Las cuantías económicas previstas en esta ley para ingresos anuales, canon de vivienda deshabitada, multas pecuniarias y sanciones por las infracciones tipificadas en ella serán periódicamente actualizadas por orden de la consejera o consejero competente en materia de vivienda del Gobierno Vasco.
Norma publicada: 18 de junio de 2015